La Renta correspondiente al año 2022-2023 ha iniciado ya su andadura desde el 11 de abril y durará hasta el próximo día 30 de junio, fecha tope para la que los contribuyentes de la Agencia Tributaria habrán tenido que ponerse al corriente con su declaración.
De este modo, desde hoy ya es posible acceder al borrador a través de Internet o, en el caso de que no precisen modificaciones sobre los datos aportados por la Agencia Tributaria, también podrán presentar la Declaración por vía telefónica.
Según queda estipulado por la Agencia Tributaria, todo ciudadano español cuyos ingresos sean superiores a los 22.000 € anuales, está obligado a presentar la Declaración de la Renta dentro del plazo estipulado por Hacienda. No obstante, esto es uno de los cambios de este año, ya que cada comunidad autonómica ha fijado diferentes rangos de IRPF.
En cualquier caso, ¿qué sucede con las transacciones realizadas a través de Bizum?, ¿En qué circunstancias estoy obligado a declarar las criptomonedas? A continuación, vamos a esclarecer todos estos aspectos clave para realizar la Declaración de la Renta según la Ley.
¿Estoy obligado a declarar los Bitcoin o criptomonedas?
Para todos aquellos que de un tiempo a esta parte se hayan animado a adquirir criptomonedas, deben saber que el borrador de la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio, desde el pasado año, específica una casilla para identificar los saldos de monedas virtuales.
Dicho esto, no todo el mundo debe declarar las criptomonedas. La Agencia Tributaria obliga a declararlas cuando los ingresos obtenidos lleguen a superar la cifra de los 1000 €, ya que casi todas estas operaciones se consideran ganancias y pérdidas patrimoniales gravables con impuestos.
En España siempre ha existido la obligación de declarar las criptomonedas a Hacienda. Desde el año 2017, los planes anuales de Control Tributario y Aduanero de la AEAT hacen mención a las criptomonedas para garantizar la correcta tributación de estas operaciones.
No obstante, el control se ha hecho notar desde la Renta 2021/ 2022 del pasado año para evitar la evasión y el fraude fiscal, ahora que muchos ciudadanos se han animado a subirse al tren de las monedas virtuales.

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De hecho, la minería está considerada como una actividad económica, para lo que Hacienda obliga a darse de alta como empresario y declarar las ganancias como rendimientos de actividades económicas.
Podrás encontrar más información en la casilla 46 del borrador del documento oficial de la Declaración de este año con título ‘Saldos en monedas virtuales’.
¿Qué sucede con los Bizum?
En contra de lo que muchos podrán pensar al asociar los Bizum a pequeñas cantidades de dinero que son transferidos entre usuarios, Bizum tiene el mismo régimen que cualquier transferencia bancaria, con lo que los bancos tienen que informar a las autoridades fiscales en caso de operaciones elevadas.
Al tratarse de una herramienta electrónica conectada a una entidad bancaria, Bizum tiene fácil rastreo para Hacienda. De hecho, la Agencia Tributaria fija el límite de dinero que se puede enviar por Bizum sin tener que incluirlo en la declaración de la renta.
Entre particulares, la cantidad máxima fijada por las entidades bancarias es de 500 €, con un número máximo de operaciones permitidas al mes. En el caso de que el receptor sea una empresa o comercio, el Bizum contabiliza como cualquier otro pago hecho con tarjeta.